Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos. Clica AQUÍ para más información. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar” o configurarlas o rechazar su uso pulsando la opción “Configurar”..

Aceptar

Si desea puede Configurar aquí las Cookies u obtener aquí más información.
Acceso colegiados
Acceso colegiados/as Contraseña
Acceso colegiados/as Contraseña
A A A

Inicio >> Comunicación y Difusión >> Suprimidas las Tasas de solicitud de revisión o certificación de grado de discapacidad; por ...
Suprimidas las Tasas de solicitud de revisión o certificación de grado de discapacidad;  por expedición del título de familia numerosa y las tarjetas individuales; y por revisión de grado de dependencia; y  por emisión sucesiva, por causa no imputable a la Administración, de tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.

Suprimidas las Tasas de solicitud de revisión o certificación de grado de discapacidad; por expedición del título de familia numerosa y las tarjetas individuales; y por revisión de grado de dependencia; y por emisión sucesiva, por causa no imputable a la Administración, de tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.

LEY 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
El Colegio acoge con satisfacción esta medida, ya que nuestro colectivo y el Colegio venía reivindicando su desaparición desde su creación.


Artículo 2 Modificación parcial del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre

4. Dentro del apartado Ñ) Tasas en materia de ASUNTOS SOCIALES, se suprimen íntegramente los párrafos sexto, séptimo, octavo y decimotercero, donde se hace referencia, respectivamente, a las cuatro tasas siguientes: la tasa por solicitud de revisión o certificación de grado de discapacidad; la tasa por expedición del título de familia numerosa y las tarjetas individuales; la tasa por solicitud de revisión de grado de dependencia; y la tasa por emisión sucesiva, por causa no imputable a la Administración, de tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.


(Pag 820 del BOCM de 29 de diciembre )

---------

El Colegio está de acuerdo con esta medida, reivindicada desde el momento de la aparición de las tasas
Enlace externo a la web Mas información: Ir a pdf en la web de CM
Publicada el jueves, 15 de enero de 2015