A efectos de Declaración de la Renta
Os recordamos que, con carácter general, las cuotas colegiales para el año completo en 2012 han sido 126 euros.
Serán deducibles las cuotas satisfechas a los colegios profesionales, cuando se esté en ejercicio de la profesión.
Os recordamos que, al presentar la Declaración de la Renta, no es obligatoria la aportación de certificado de cuota abonada al Colegio, ya que basta con los recibos bancarios. Sí puede ser necesario en caso de inspecciones o revisiones, en cuyo caso, podéis solicitarlo en administracion@comtrabajosocial.com.
Información sobre colegiación en Manual de IRPF 2012: página 94 (Determinación del rendimiento neto).
Serán deducibles las cuotas satisfechas a los colegios profesionales, cuando se esté en ejercicio de la profesión.
Os recordamos que, al presentar la Declaración de la Renta, no es obligatoria la aportación de certificado de cuota abonada al Colegio, ya que basta con los recibos bancarios. Sí puede ser necesario en caso de inspecciones o revisiones, en cuyo caso, podéis solicitarlo en administracion@comtrabajosocial.com.
Información sobre colegiación en Manual de IRPF 2012: página 94 (Determinación del rendimiento neto).
Mas información: Consultar Manual IRPF 2012 en web
Publicada el miércoles, 10 de abril de 2013